sábado, 6 de abril de 2013

Claves para optimizar su declaración de Renta 2012

Un año más llega el momento de rebuscar facturas, solicitar los justificantes bancarios, así como todos los papeles necesarios para realizar la declaración en una Campaña sobre la Renta que, si bien no presenta grandes novedades como el año pasado o el que viene, sí que plantea novedades suficientes como para tener que parar a leerse con detenimiento estos cambios.
Posiblemente, se hará notar a la hora de pagar o de percibir las devoluciones, con respecto a los ejercicios anteriores, la inclusión de nuevas escalas y tipos del gravamen complementario para 2012 y 2013 con la finalidad de reducir el déficit público y aplicable a la cuota íntegra estatal, que elevarán la tarifa hasta el 52% y en Cataluña hasta el 56%.
Este año la campaña del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) se adelanta una semana. Se podrán presentar declaraciones de Renta 2012 a partir del 24 abril, por vía telemática, o desde el 6 de mayo, por otros medios, hasta el 1 de julio 2013, pero ya desde el pasado 2 de abril se puede solicitar a Hacienda que remita el borrador o los datos fiscales.
Los contribuyentes suscritos al servicio de alertas a móviles de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (Aeat) han comenzado ya a recibir, mediante mensajes SMS en sus teléfonos móviles, el número de referencia del borrador de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) o del resumen de sus datos fiscales, si no reúnen los requisitos para poder acogerse a la primera opción para consultarlos por Internet.

Más receptores del borrador

Se incluye dentro del colectivo de contribuyentes que pueden recibir el borrador quienes reciban, sin limitación, renta básica de emancipación, subvenciones, pérdidas patrimoniales por transmisión o reembolso de acciones o participaciones de instituciones de inversión colectiva, rendimientos por imputación de rentas inmobiliarias siempre que procedan, como máximo, de ocho inmuebles, así como de los que obtengan rendimientos de capital mobiliario e inmobiliario a través de entidades en régimen de atribución de rentas, cuando estos hayan sido atribuidos a los socios, herederos, comuneros o participes.
También está disponible el servicio de Cita Previa para la declaración, hasta el miércoles 27 de junio, mediante los teléfonos de la Aeat 901 12 12 24 (servicio 24 horas del día) o 901 22 33 44 de lunes a viernes de 9 a 20 horas. También puede solicitarse a través de los portales de Internet de la Aeat.

Titulares en la prensa

Muchas de las novedades incluidas este año en la declaración son reflejo de las grandes reformas que han ocupado durante mucho tiempo la atención de los medios de comunicación, tal es el caso de la desaparición de la tan criticada ganancia patrimonial generada en la dación en pago de la vivienda para las personas que han perdido sus viviendas por imposibilidad de hacer frente a los pagos hipotecarios.
En la parte que beneficia a los contribuyentes, aunque se trate de medidas muy localizadas, cabe destacar la exención del 50% de las ganancias patrimoniales de la transmisión de inmuebles urbanos afectos o no afectos a actividades económicas adquiridos de forma onerosa entre el 12 de mayo y el 31 de diciembre 2012.
También, es preciso recordar, las exenciones a las ayudas excepcionales por daños personales en fallecimientos e incapacidad absoluta y permanente por los afectados por incendios y otras catástrofes.

Exenciones por despido

Y también tienen un lugar destacado los cambios en las exenciones correspondientes a las indemnizaciones por despido o cese de los trabajadores, que se ajustan a los nuevos límites establecidos por la reforma laboral, que ha admitido el uso del llamado despido objetivo o despido por causas económicas, en virtud del cual la empresa solo tiene que declarar pérdidas o disminución de ingresos para indemnizar a sus empleados con 20 días por año trabajado, muy lejos de los 45 que regían hasta la entrada de la citada normativa.
La exención de las indemnizaciones por despido o cese se adapta a la nueva reforma laboral. Desde el 08 de julio 2012, para declarar exentas las indemnizaciones por despido improcedente hasta la cuantía establecida como obligatoria en el Estatuto de los Trabajadores (33 días por año de servicio hasta un máximo de 24 mensualidades con la aplicación, en su caso, del régimen transitorio para contratos formalizados con anterioridad al 12 de febrero 2012) será necesario que estén reconocidas en acto de conciliación o en resolución judicial.
No obstante, para los despidos improcedentes producidos con anterioridad al 08 de julio 2012 se mantiene la exención de las indemnizaciones reconocidas con anterioridad al acto de conciliación.
A partir del 12 de febrero 2012 para los despidos colectivos fundados en causas económicas, técnicas, organizativas, de producción o por fuerza mayor, quedará exenta la parte de indemnización percibida que no supere los límites establecidos con carácter obligatorio en el Estatuto de los Trabajadores para el despido improcedente, eliminándose el requisito de previa aprobación de la autoridad competente.
Se incluye un régimen transitorio: para las indemnizaciones por despido o cese que sean consecuencia de los expedientes de regulación de empleo en tramitación o con vigencia en su aplicación a 12 de febrero 2012, aprobados por la autoridad competente a partir de 8 de marzo de 2009, se mantiene la anterior exención (indemnización que no supere 45 días de salario, por año de servicio, hasta un máximo de 42 mensualidades).

Actividades económicas

En las actividades económicas, se limita la deducibilidad de los gastos financieros que superen un millón de euros al 30% del beneficio y se suprime la libertad de amortización de elementos nuevos de activo material fijo.
Entre las medidas pensadas para impulsar la economía española, que tan sólo han nacido con vigencia para 2012 y 2013, se han incluido novedades de las deducciones por incentivos a la inversión del Impuesto sobre Sociedades que se aplican a contribuyentes en estimación directa. Se incrementa el plazo para la aplicación de estas deducciones que pasan de 10 y 15 años a 15 y 18 años.
Se reduce para los periodos 2012 y 2013 del 35 por 100 al 25 por 100 el límite conjunto que opera para las deducciones por incentivos a la inversión. Se prorroga, además, la deducción por gastos e inversiones para habituar a los empleados en la utilización de las nuevas tecnologías de la comunicación y de la información. Se incluyen nuevas deducciones en el ámbito empresarial vinculadas a determinados acontecimientos de excepcional interés público. Se prorroga la deducción por gastos e inversiones para habituar a los empleados en la utilización de las nuevas tecnologías de la comunicación y de la información.
Se añaden, además, nuevas deducciones, vinculadas a determinados acontecimientos de excepcional interés público, aunque se reducen los límites de deducción a los regímenes especiales de apoyo a acontecimientos de excepcional interés público que en 2012 dan derecho a tales deducciones.

Dos o tres declaraciones

Y no se puede olvidar un procedimiento que en la actualidad tiene en vilo a muchas empresas y profesionales, como es la posibilidad de actualizar balances, puesto que se trata de un procedimiento complicado y con notables sanciones por las equivocaciones que se puedan dar en las declaraciones.
En estos casos, deberán presentarse de forma obligatoria y conjuntamente con la autoliquidación del gravamen único sobre revalorización de activos (Modelo 108), y la del Impuesto sobre el Patrimonio en el caso de que corresponda.
Hay otras medidas, forzadas por la jurisprudencia europea, que producen importantes novedades en los cambios de residencia por pérdida de la condición de contribuyente por cambio de residencia.
Se modifica la regla de imputación temporal en el IRPF para los contribuyentes que trasladan su residencia fiscal al extranjero pueden optar por incluir cualquier renta no imputada en la base imponible del último ejercicio fiscal en el que hubieran sido residentes mediante autoliquidación complementaria. o por presentar, a medida que se vayan obteniendo, cada una de las rentas pendientes de imputación.
Más llamativa que efectiva es la posible compensación de pérdidas patrimoniales debidas al juego, hasta el límite de las ganancias obtenidas en mismo periodo y concepto.
En el capítulo de los rendimientos del trabajo es importante tener en cuenta que no se consideran rendimientos del trabajo en especie ni, por tanto, tributan las cantidades satisfechas por la empresa por los gastos e inversiones efectuados durante 2012 para formar a los empleados en el uso de nuevas tecnologías, cuando su utilización sólo pueda realizarse fuera del lugar y horario de trabajo.

Las novedades de esta campaña

Gravamen complementario
Se aplica en 2012 y 2013, con lo que la cuota íntegra estatal se incrementa. Se aplica la escala del gravamen a la base liquidable general y al importe del mínimo personal y familiar, lo que supone un incremento del tipo marginal máximo de hasta el 52%, pudiendo llegar como en Cataluña al 56%.
Compra de vivienda antes de 2006
No es aplicable en la declaración del ejercicio 2012 la compensación fiscal por deducción en adquisición de la vivienda habitual adquirida antes del 20 de enero de 2006.
Cuentas vivienda sin compra
Se permite a quienes aportaron cantidades a cuentas vivienda antes del 1 de enero de 2013, que si no van adquirirla, y siempre que a 31 de enero de 2013 no hubiera transcurrido el plazo de cuatro años desde que abrieron la cuenta, regularicen en su declaración de 2012 las deducciones practicadas hasta 2011 sin intereses de demora.
Variación del euribor
La deducción por la variación del Euribor, para quienes pagan un préstamo hipotecario para adquirir o rehabilitar su primera vivienda habitual no se aplica, porque el diferencial entre el euribor medio anual de 2012 y del 2011 es negativo.
Transmisión de inmuebles
Queda exento el 50% de las ganancias patrimoniales puestas de manifiesto por la compra de inmuebles urbanos adquiridos a título oneroso entre 12 de mayo y 31 de diciembre de 2012.
Acontecimientos de interés público
Se puede compensar las ganancias del juego obtenidas desde el 1 de enero de 2012 en casinos, bingos o máquinas recreativas con las pérdidas obtenidas durante el mismo periodo, sin que en ningún caso las pérdidas superen las ganancias.
Traslado al extranjero
Los contribuyentes que trasladan su residencia fiscal al extranjero pueden optar entre declarar por autoliquidación complementaria la imputación temporal en el IRPF de cualquier renta no imputada en la base imponible del último ejercicio fiscal en que hayan sido residentes, o por presentar, a medida en que se vayan obteniendo, cada una de las rentas pendientes de imputación.
Libertad de amortización
En el cálculo de la ganancia o pérdida patrimonial el valor de adquisición se minora en el importe de las amortizaciones que hubieran sido deducibles de no aplicarse la libertad de amortización.
Actualización de balances
Quienes se acojan a la actualización de balances, deberán presentar conjuntamente, y de forma obligatoria por vía telemática, a través de Internet, la declaración del IRPF y la autoliquidación del Gravamen Único. Lo mismo ocurre con el Impuesto sobre Patrimonio.
Planes de pensiones
A los planes de pensiones hay que prestarles atención, porque se ha incluido este ejercicio un gravamen complementario que va desde el 0,5 al 7 por ciento, en función del nivel de ingresos.
Fuente: Eleconomista

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