La compra de una vivienda es una de las inversiones más importantes que realizan las personas. Por lo que es muy importante conocer y realizar todos los pasos, y si es necesario pedir asesoramiento antes de firmar cualquier contrato.
En los pasos previos a la compraventa, a veces se suele firmar un contrato privado ente vendedor y comprador (sobre todo si es un promotor quien realiza la venta) aunque no es obligatorio. El hecho de que sea un documento privado le da plena validez para obligar a las partes que lo han firmado en los términos que se hayan convenido por escrito. Puedes pedir ayuda a un notario antes de formalizarlo para entender todo su contenido.
Aspectos a tener en cuenta en la compraventa de una vivienda:
- Se debe identificar correctamente a la parte vendedora:
El contrato se firma por ambas partes, de ser una vivienda en ganancial requerirá la firma tanto del marido como el de la mujer o si es el domicilio conyugal.
- El contrato debe delimitar correctamente la vivienda objeto de la compra-venta:
De qué tipo de vivienda se trata (chalet, piso…), donde está ubicada y alrededor de que viviendas se encuentra. Así como reflejar el estado de la vivienda y de sus anejos, servicios y zonas comunes.
- Se debe espeficicar las cargas que recaen sobre la vivienda (hipotecas, embargos…),
Puedes solicitar al Registro de la Propiedad una nota informativa. De estar hipotecada tiene dos opciones o subrogar la hipoteca o que el vendedor, con cargo al dinero que le vamos a pagar, se comprometa por contrato a cancelar la hipoteca que pese sobre la vivienda y acto seguido a vendérnosla, pero ya libre de cargas.
- Se deben conocer las cuotas de la comunidad de propietarios:
Puedes contrastarlo leyéndote los estatutos de la comunidad para conocer su organización, exigiendo al vendedor los recibos de la comunidad, o comprobar con el presidente de la comunidad o administrador que el vendedor está a la ordend e sus pagos.
- Se debe indicar el precio de la vivienda y arras (señal en caso de no producirse la escritura):
Debe incluir el precio de la vivienda y la forma de pago (total o aplazado), de haber arras se debe especificar su importe y plazo máximo de tiempo.
- Gastos de compraventa y que parte asume cuáles:
- Impuesto Municipal sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (comúnmente llamado Plusvalía Municipal).
- Escritura pública en la notaría.
- Inscripción en el Registro de la Propiedad.
- Impuestos (antes llamados Derechos Reales).
Según Ley:
La parte vendedora pagará la plusvalía, y la mayor parte de la escritura (la matriz u original), mientras que la parte compradora pagará la otra parte de la escritura (copias), los gastos de inscripción registral, y los impuestos.
Pero, en el documento se puede pactar cualquier tipo de reparto de los gastos, incluido el que todos los gastos, los cuatro reseñados, sean abonados por la parte compradora incluso que todos ellos recaigan sobre el comprador (es completamente legal)
- Inscripción en el Registro de la Propiedad y Elección del notario
No es obligatorio inscribir la compra-venta en el Registro de la Propiedad, pero es recomendable, ya que puedes tener problemas al no figurar en el Registro como legítimo propietario. El documento privado firmado por las dos partes, no es suficiente para iscribirte en el Registro ni para pedir una hipoteca al Banco, es imprescindible otorgar escritura pública notarial de la compra-venta, es decir, comunicar nuestro acuerdo a un Notario para que levante escritura del mismo.
- Se deben abonar los impuestos correspondientes a la Comunidad Autónoma, una vez finalizada la compra-venta
Tienes una plazo máximo de 30 días hábiles desde la fecha de la escritura, aportando copia de la misma y el impreso correspondiente.
Fuente: Rankia
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